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Sucesiones

Abogado de sucesiones en Cúcuta

Repartimos los bienes de un ser querido conforme a la ley, ante notaría o ante juzgado, sin desgastar a la familia. Ideal si falleció un familiar y hay bienes, cuentas o propiedades por definir entre los herederos.

Cuando fallece un ser querido, sus bienes no pasan automáticamente a los herederos: hay que hacer la sucesión. Le guiamos para elegir el trámite más rápido, reunir los documentos y repartir la herencia conforme a la ley, cuidando la relación entre los familiares.

Notaría o juzgado: ¿cuál le corresponde?

Si todos los herederos están de acuerdo en cómo repartir los bienes, la sucesión puede hacerse ante notaría, con un abogado. Es el camino más rápido y económico. Si hay desacuerdo, herederos que no aparecen o discusiones sobre quién tiene derecho, el trámite se hace ante juez.

  • Sucesión notarial: requiere acuerdo de todos los herederos.
  • Sucesión judicial: cuando hay conflicto o no se logra el acuerdo.
  • Con o sin testamento: si no hay testamento, la ley define quiénes heredan y en qué orden.

Quiénes heredan cuando no hay testamento

El Código Civil establece órdenes hereditarios. En primer lugar heredan los hijos (y el cónyuge o compañero permanente recibe su porción conyugal o sus gananciales). Si no hay hijos, heredan los padres junto con el cónyuge o compañero; luego los hermanos, y así sucesivamente. Antes de repartir la herencia se liquida la sociedad conyugal o patrimonial, si existía.

Impuestos y deudas de la herencia

Lo que recibe cada heredero se considera ganancia ocasional y paga impuesto del 15 %, con algunas exenciones, como una parte del valor de la vivienda de habitación del fallecido. También deben estar al día el impuesto predial y las deudas del causante, que se pagan con los bienes de la herencia antes de repartirla.

Le entregamos desde el inicio un cálculo aproximado de los costos (notaría, impuestos y registro) para que la familia sepa cuánto debe prever.

Qué necesita para empezar

Documentos habituales

  • Registro civil de defunción
  • Registros civiles de los herederos
  • Escrituras o documentos de los bienes

Tiempos estimados

  • Sucesión de mutuo acuerdo: 1 a 3 meses
  • Sucesión con controversia: varios meses
Cómo trabajamos

Así llevamos su caso

Nos cuenta su caso

Por WhatsApp, llamada o en nuestra oficina en Cúcuta. La primera orientación no tiene costo.

Revisamos documentos

Le decimos con honestidad qué tan sólido es su caso y qué opciones tiene.

Acordamos el plan

Alcance, honorarios y tiempos quedan claros y por escrito antes de empezar.

Lo acompañamos

Le informamos cada avance hasta resolver su caso, por la vía más rápida posible.

Preguntas frecuentes

Dudas comunes sobre sucesiones

¿Cuánto tarda una sucesión? +

Ante notaría, con los documentos completos y acuerdo entre herederos, suele tardar entre uno y tres meses. Una sucesión judicial puede tomar bastante más, según la complejidad y el despacho.

¿Hay un plazo para hacer la sucesión? +

No existe un plazo para iniciarla, pero mientras no se haga los bienes no se pueden vender ni escriturar a nombre de los herederos, y las deudas (como el predial) siguen acumulándose. Lo recomendable es no dejarla pasar.

¿Qué pasa si un heredero no quiere firmar? +

Si no hay acuerdo, la sucesión no puede hacerse en notaría y se tramita ante juez. Muchas veces una conversación bien orientada o una conciliación evita llegar a ese punto; le ayudamos a intentarlo primero.

Hablemos de su caso

¿Falleció un familiar y hay bienes por repartir?

Le decimos qué documentos necesita, cuánto puede costar y cuál es el trámite más rápido para su familia. La primera orientación no tiene costo.